En caso de que el contrario sea condenado a pagar costas, el coste del procedimiento podría ser muy inferior o incluso gratuito para ti pues descontaremos de nuestra minuta la cantidad obtenida por costas.
COMPROMISO BRAVEROSE
BraveRose minutará en base a lo establecido en estas condiciones generales y lo establecido en la hoja de encargo particular, prevaleciendo lo establecido en la hoja de encargo particular.
Solo cuando así esté expresamente establecido en la hoja de encargo particular el procedimiento será A RESULTADO (Es decir, solo se cobrará al cliente cuando se haya obtenido todo o parte de la reclamación efectuada).
Solo cuando así esté expresamente establecido en la hoja de encargo particular el procedimiento tendrá provisién de fondos.
En reclamaciones con varios trabajadores los honorarios se calcularán para cada trabajador individualmente conforme a las cantidades obtenidas por cada uno.
Solo se aplicarán los siguientes cálculos de minuta en caso de no establecerse una minuta fija en la hoja de encargo particular:
CUALQUIER PROCEDIMIENTO QUE IMPLIQUE PRINCIPALMENTE LA OBTENCIóN DE UNA CANTIDAD ECONÓMICA A PAGAR POR UNA EMPRESA (SALARIOS, DIFERENCIAS SALARIALES, ATRASOS, BONUS, INDEMNIZACIONES POR DESPIDO, INDEMNIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS, INDEMNIZACIONES DE SEGURO DE CONVENIO,...):
Honorarios: 750 euros fijos + 10% de la cantidad ganada por todos los conceptos (indemnización, cantidades, e intereses) + IVA.
HONORARIOS MÍNIMOS: En todos los casos existe un mínimo de honorarios de 799€ (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al m&ínimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
Estas mismas cantidades serán las devengadas como honorarios si se llegara a un acuerdo extrajudicial o judicial.
HONORARIOS MÍNIMOS CUANDO HAY EJECUCIóN: En todos los casos existe un mínimo de honorarios de 1.099 € (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al m&íacute;nimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
HONORARIOS MÍNIMOS CUANDO HAY RECURSO: En todos los casos de recurso al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) existe un m&ínimo de honorarios de 1.399 € (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al m&íacute;nimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales. Los recursos al Tribunal Supremo el m&ínimo de honorarios es de 1.999 €
Ejemplo: Cantidad que se gana para un trabajador por todos los conceptos de 7.500 €:
1. GANAMOS/LLEGAMOS A UN ACUERDO: 1.250 € + 0 € (la diferencia hasta 799 € es cero) + 262,50 € (21% IVA) = 1.512,50 €.
2. GANAMOS/LLEGAMOS A UN ACUERDO, Y TENEMOS QUE EJECUTAR: 1250 € + 0 € (diferencia hasta 1099€) + 262,50 € (21% IVA) = 1.512,50 €. En caso de que BraveRose obtenga alguna cantidad por costas descontaremos lo obtenido de los honorarios que debes abonar.
3. PERDEMOS: 1250 € + 262,50 € (21% IVA) = 1512,50 €.
4. GANAMOS TRAS RECURSO TSJ: 1250 € (15%) + 149 € (diferencia hasta 1399 €) + 293,79 € (21% IVA) = 1.692,79 €.
5. PERDEMOS TRAS RECURSO TSJ: 1.250 € + 149 € (diferencia hasta 1399 €) + 293,79 € (21% IVA) = 1.692,79 €. Informes periciales .
En aquellas reclamaciones que sea necesario o conveniente un informe pericial comunicaremos al cliente el coste para su valoración y aceptación en su caso.
CUALQUIER PROCEDIMIENTO QUE NO IMPLIQUE COMO MOTIVO PRINCIPAL LA OBTENCIÓN DE UNA CANTIDAD, TALES COMO DERECHOS, ANTIGÜEDAD, DISFRUTE DE VACACIONES, CONDICIóN DE INDEFINIDO, CONCILIACIóN, CATEGORÍA, IMPUGNACIÓN DE SANCIÓN, DERECHO A BAJA MÉDICA, DERECHO A QUE LA BAJA SEA POR ACCIDENTE DE TRABAJO, IMPUGNACIÓN DE ALTA MÉDICA,...:
Honorarios: En todos los casos existe un fijo de honorarios de 899€ (+IVA), sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales. BraveRose enviará un Informe tras el estudio del caso con los honorarios de cada reclamación. Que podrían ser, en algunos casos, más ventajosos que estos descritos anteriormente.
HONORARIOS CUANDO HAY EJECUCIóN: En todos los casos existe un fijo de honorarios de 1.199 € (+IVA), sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
HONORARIOS CUANDO HAY RECURSO: En todos los casos de recurso al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) existe un fijo de honorarios de 1.499 € (+IVA), sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales. Los recursos al Tribunal Supremo el fijo de honorarios es de 1.999 € Estas mismas cantidades serán las devengadas como honorarios si se llegara a un acuerdo extrajudicial o judicial.
Informes periciales En aquellas reclamaciones que sea necesario un informe pericial comunicaremos al mismo el coste para su valoración y aceptación en su caso. Si el cliente desiste antes de la firma del poder, emitiremos factura únicamente por el coste de la pericial.
CUALQUIER PROCEDIMIENTO QUE IMPLIQUE OBTENCIóN DE PRESTACIONES ECONóMICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA, SEPE U OTRO ORGANISMO PÚBLICO, O QUE ANULEMOS UNA OBLIGACIÓN DE DEVOLVER CANTIDADES PREVIAMENTE PERCIBIDAS POR EL CLIENTE. Honorarios: 750 euros fijos + 10% de la cantidad ganada o anulada + IVA.
En caso de que la cantidad ganada sean prestaciones cuya duración sea igual o superior a 2 años: 750 euros fijos + 10% de la cantidad mensual obtenida durante 3 años o en su caso durante el periodo de derecho en caso de tener la prestación una duración inferior a 3 años.
HONORARIOS MÍNIMOS: En todos los casos existe un mínimo de honorarios de 799 euros (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al mínimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
HONORARIOS MÍNIMOS CUANDO HAY EJECUCIÓN: En todos los casos existe un mínimo de honorarios de 1.099 € (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al mínimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
HONORARIOS MÍNIMOS CUANDO HAY RECURSO: En todos los casos de recurso al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) existe un mínimo de honorarios de 1.399 € (+IVA), por lo que, si la cuantía de honorarios fuese inferior al mínimo, te cobraremos la diferencia hasta ese importe, sin perjuicio de las cantidades que procedan en caso de resolución, desistimiento o incumplimiento contemplados en el apartado 5 de las presentes Condiciones Generales.
Los recursos al Tribunal Supremo el mínimo de honorarios es de 1.999 €
Informes periciales En aquellas reclamaciones que sea necesario un informe pericial comunicaremos al mismo el coste para su valoración y aceptación en su caso.
Ejemplo: Reclamación para la obtención del derecho a una prestación de incapacidad permanente de 1.000 euros brutos mensuales:
1. GANAMOS: 4.950 € (750 € + 10% de las 14 pagas durante 3 años) + 1039,50 € (21% IVA) = 5.989,50 € (que se podrá abonar de una vez o aplazadamente pagaderos a lo largo de un máximo de 3 años)
2. GANAMOS TRAS RECURSO TSJ: 4.950 € (750 + 10% de las 14 pagas durante 3 años) + 1039,50 € (21% IVA) = 5.989,50 € (que se podrá abonar de una vez o aplazadamente pagaderos a lo largo de un máximo de 3 años)
3. PERDEMOS: 799 € + 167 € (21% IVA) = 966 €.
4. PERDEMOS TRAS RECURSO TSJ: 1.399 € + 230 € (21% IVA) = 1.692 €.
Ejemplo 2: Reclamación para la obtención del derecho a una prestación de desempleo de 1.000 euros brutos mensuales cuya duración será de 1 año:
1. GANAMOS: 1950 € (750 € + 10% de las 12 pagas durante 1 año) + 409,50 € (21% IVA) = 2.359,50 €.
2. GANAMOS TRAS RECURSO TSJ: 1950 € (750 € + 10% de las 12 pagas durante 1 año) + 409,50 € (21% IVA) = 2.359,50 €.
4. PERDEMOS: 799 € + 167,79 € (21% IVA) = 966,79 €.
Ejemplo 3: Reclamación para anular una reclamación de devolución de prestaciones por desempleo de 5.000 €.
1. GANAMOS (750 € + 10% de la cantidad) + 262,50 € (21% IVA) = 1.512,50 € . PERDEMOS: 799 € + 167 € (21% IVA) = 966 €.
2. GANAMOS TRAS RECURSO TSJ: (750 € + 10% de la cantidad) + 149 € (diferencia hasta 1.399 €) + 293,79 € (21% IVA) = 1.692,79 €. PERDEMOS TRAS RECURSO TSJ: 1.399 € + 230 € (21% IVA) = 1.692 €.